viernes, 8 de julio de 2011

Cómo respetar la libertad religiosa

Pamplona,08/07/2011,noticiasdenavarra.com

Un grupo de hombres musulmanes reza en la mezquita de Errentería durante el Ramadán. (Rubén Plaza)

Cómo y dónde se puede enterrar a un musulmán? ¿Cómo debe ser un matadero para cumplir con los requisitos judíos? ¿Qué permisos y licencia hacen falta para abrir un templo o lugar de culto? Todas estas dudas de los alcaldes y gestores municipales tienen hora respuesta en una página web.

El Observatorio del Pluralismo Religioso en España recoge en una sola página web toda la legislación y normativas aplicable para hacer realidad el derecho a la libertad religiosa.

"Se trata de facilitar las relaciones entre las comunidades religiosas y los Ayuntamientos, y mejorar la gestión de los asuntos religiosos cotidianos que en muchos pueblos no saben cómo abordar", explica el director de la Fundación Pluralismo y Convivencia, José Manuel López, coordinador del proyecto.

"Hasta hace poco, si había alguna cuestión religiosa que resolver el cura llamaba al alcalde y se arreglaba todo; eso ya no vale en un país con ocho religiones reconocidas como de notorio arraigo y otras muchas sensibilidades religiosas", apunta.

Presentado por el ministro de Justicia, Francisco Caamaño, el observatorio es fruto de tres años de trabajo conjunto entre siete Ministerios, siete Comunidades Autónomas, la Federación Española de Municipios y Provincias, ocho confesiones religiosas, y numerosos especialistas académicos.

"Se trata de adaptar la vida real a la realidad religiosa, de resolver problemas concretos de manera lo más sensata y lógica posible, y siempre con la ley en la mano", subraya el director de la Fundación.

¿Qué licencias hacen falta para abrir un centro dedicado al culto? "Hasta hace unos años ninguna, porque las parroquias llevaban ahí cientos de años funcionando sin problemas, pero ahora los Testigos de Jehová quieren abrir un templo y nadie sabe qué permisos municipales necesitan", pone como ejemplo López.

¿Qué pueden comer los enfermos de distintas religiones que estén ingresados en un hospital o recluidos en una prisión?, ¿cómo se regula el uso de la vía pública para celebraciones religiosas?, ¿qué normas debe cumplir una funeraria para dar servicio a las distintas religiones?

La página web del Observatorio recoge todas las normas aplicables para estos y otros casos, propone una "guía de gestión" sobre cómo afrontar cualquier cuestión y presenta casos de "buenas prácticas" con ejemplos de cómo han resuelto el problema en otros municipios.

Además, la página web incluye toda la información sobre todas las religiones reconocidas en España, desde dónde se encuentran sus lugares de culto hasta un glosario básico de temas religiosos y una breve descripción de cada religión, sus creencias, necesidades y estructuras jerárquicas.

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