Madrid, 2009-05-04,El País,TOMÁS BÁRBULO
“El Gobierno tiene la mejor disposición para mejorar el texto del anteproyecto” de reforma de la Ley de Extranjería tomando como base los informes preceptivos emitidos en las últimas semanas por el Foro de los Inmigrantes, el Consejo Fiscal, la Comisión Laboral Tripartita, la Conferencia Sectorial, el Consejo Económico y Social y el Consejo General del Poder Judicial. Así lo ha afirmado la secretaria de Estado de Inmigración, Consuelo Rumí.
Algunas de las recomendaciones de esos organismos afectan a aspectos nucleares de la reforma, como el aumento de 40 a 60 días del período de internamiento de los sin papeles o la expulsión de menores no acompañados. Rumí subraya que los informes “coinciden en reconocer que el Gobierno ha traducido correctamente la jurisprudencia constitucional que atribuye los derechos fundamentales a todos los extranjeros, valoran positivamente los nuevos aspectos de integración y ninguno de ellos pone en cuestión los contenidos fundamentales de la reforma”. Según la secretaria de Estado, las recomendaciones “afectan a aspectos concretos y muchas veces sugieren simples mejoras gramaticales”.
Los informes no son unánimes y con frecuencia se contradicen entre sí. Éstos son algunos de los cambios que proponen.
– Periodo de internamiento. El anteproyecto amplía de 40 a 60 días el plazo máximo que la Administración puede retener a un inmigrante irregular antes de expulsarlo. Pero añade que ese plazo “quedará suspendido”, es decir, prorrogado, en tres casos: enfermedad del inmigrante internado, mientras se resuelve su petición de asilo o por “causas no imputables a la Administración que dificulten su salida de España”. El Poder Judicial pide que el texto fije “expresamente el plazo máximo al que puede extenderse el internamiento” y considera que los motivos alegados para la posible prórroga “no tienen un carácter objetivo” sino de gran “discrecionalidad”. Añade que ni la enfermedad del inmigrante ni que su petición de asilo se alargue pueden ser motivos para mantenerlo internado más de 60 días.
El Consejo Fiscal propone que las causas de suspensión del plazo de internamiento sean supervisadas por la autoridad judicial. Y el Foro de los Inmigrantes, que se retire el aumento del período de internamiento.
– Repatriación de menores. El informe del Poder Judicial sugiere que el menor sea escuchado antes de ser repatriado. Tanto el Poder Judicial como el Consejo Fiscal recuerdan que la jurisprudencia del Tribunal Supremo y del Constitucional ha señalando reiteradamente esa necesidad.
El Consejo Fiscal sugiere que no sólo reconozca la audiencia del menor, “sino también la posibilidad de que éste pueda hacer valer sus intereses en el expediente de repatriación y en el control judicial de la decisión que en el mismo se adoptase”, y reivindica la intervención del ministerio fiscal en el proceso. El Foro de los Inmigrantes pide que se tenga en cuenta la opinión del menor cuando éste tenga “más de siete años o suficiente juicio de razón”.
– Hospitalidad. La reforma tipifica como infracción grave (castigada con hasta 10.000 euros) “promover la permanencia irregular en España de un extranjero”. El Poder Judicial cree que ese apartado puede llevar a “criminalizar” la actividad “puramente solidaria” de las organizaciones que acogen y atienden a los inmigrantes y propone “mitigar” la aplicación de las sanciones en relación a estos actos de hospitalidad realizados con carácter solidario”.
– Reagrupación familiar. El proyecto endurece las condiciones para la reagrupación familiar. Establece que los ascendientes sean mayores de 65 años para poder reagruparlos. El Foro de los Inmigrantes se opone porque estima que podría impedir la reagrupación simultánea de unos progenitores porque el padre tenga 70 años y la madre 62.
El Poder Judicial hace una puntualización sobre la reagrupación de familiares “incapacitados”, y pide que el término se sustituya por otro “que no suponga la exigencia de una declaración formal de incapacitación del reagrupable”, ya que la normativa comunitaria sólo exige para ser titular de ese derecho la falta de facultades para “atender a las propias necesidades”.
– Asistencia jurídica gratuita. El anteproyecto establece una condición nueva para la asistencia jurídica gratuita, que, en los procesos contencioso – administrativos, los extranjeros presenten una solicitud específica para dejar constancia expresa de que quieren presentar recurso, estén o no ya en territorio español. El Poder Judicial considera que es una condición “más gravosa que la exigida a los nacionales” y que podría no ser constitucional.
– Violencia de género. El Foro de los Inmigrantes propone introducir una excepción en la autorización de residencia temporal de un extranjero. El proyecto exige que los beneficiarios carezcan de antecedentes en España o en los países anteriores de residencia y no figurar como rechazable en los países con los que España tenga un convenio en tal sentido. El Foro propone añadir que, respecto a las víctimas de violencia doméstica, se valore “la naturaleza del delito del que traen causa los antecedentes” y, para los casos en que la víctima figure como rechazable en otros Estados del espacio Schengen, que la Administración gestione de oficio con las autoridades de esos países levantar la prohibición de entrada si se debe sólo a la permanencia irregular.
Islam España es el portal del islam en lengua española , un proyecto de futuro para la convivencia,la cooperación y el diálogo.
“El Gobierno tiene la mejor disposición para mejorar el texto del anteproyecto” de reforma de la Ley de Extranjería tomando como base los informes preceptivos emitidos en las últimas semanas por el Foro de los Inmigrantes, el Consejo Fiscal, la Comisión Laboral Tripartita, la Conferencia Sectorial, el Consejo Económico y Social y el Consejo General del Poder Judicial. Así lo ha afirmado la secretaria de Estado de Inmigración, Consuelo Rumí.
Algunas de las recomendaciones de esos organismos afectan a aspectos nucleares de la reforma, como el aumento de 40 a 60 días del período de internamiento de los sin papeles o la expulsión de menores no acompañados. Rumí subraya que los informes “coinciden en reconocer que el Gobierno ha traducido correctamente la jurisprudencia constitucional que atribuye los derechos fundamentales a todos los extranjeros, valoran positivamente los nuevos aspectos de integración y ninguno de ellos pone en cuestión los contenidos fundamentales de la reforma”. Según la secretaria de Estado, las recomendaciones “afectan a aspectos concretos y muchas veces sugieren simples mejoras gramaticales”.
Los informes no son unánimes y con frecuencia se contradicen entre sí. Éstos son algunos de los cambios que proponen.
– Periodo de internamiento. El anteproyecto amplía de 40 a 60 días el plazo máximo que la Administración puede retener a un inmigrante irregular antes de expulsarlo. Pero añade que ese plazo “quedará suspendido”, es decir, prorrogado, en tres casos: enfermedad del inmigrante internado, mientras se resuelve su petición de asilo o por “causas no imputables a la Administración que dificulten su salida de España”. El Poder Judicial pide que el texto fije “expresamente el plazo máximo al que puede extenderse el internamiento” y considera que los motivos alegados para la posible prórroga “no tienen un carácter objetivo” sino de gran “discrecionalidad”. Añade que ni la enfermedad del inmigrante ni que su petición de asilo se alargue pueden ser motivos para mantenerlo internado más de 60 días.
El Consejo Fiscal propone que las causas de suspensión del plazo de internamiento sean supervisadas por la autoridad judicial. Y el Foro de los Inmigrantes, que se retire el aumento del período de internamiento.
– Repatriación de menores. El informe del Poder Judicial sugiere que el menor sea escuchado antes de ser repatriado. Tanto el Poder Judicial como el Consejo Fiscal recuerdan que la jurisprudencia del Tribunal Supremo y del Constitucional ha señalando reiteradamente esa necesidad.
El Consejo Fiscal sugiere que no sólo reconozca la audiencia del menor, “sino también la posibilidad de que éste pueda hacer valer sus intereses en el expediente de repatriación y en el control judicial de la decisión que en el mismo se adoptase”, y reivindica la intervención del ministerio fiscal en el proceso. El Foro de los Inmigrantes pide que se tenga en cuenta la opinión del menor cuando éste tenga “más de siete años o suficiente juicio de razón”.
– Hospitalidad. La reforma tipifica como infracción grave (castigada con hasta 10.000 euros) “promover la permanencia irregular en España de un extranjero”. El Poder Judicial cree que ese apartado puede llevar a “criminalizar” la actividad “puramente solidaria” de las organizaciones que acogen y atienden a los inmigrantes y propone “mitigar” la aplicación de las sanciones en relación a estos actos de hospitalidad realizados con carácter solidario”.
– Reagrupación familiar. El proyecto endurece las condiciones para la reagrupación familiar. Establece que los ascendientes sean mayores de 65 años para poder reagruparlos. El Foro de los Inmigrantes se opone porque estima que podría impedir la reagrupación simultánea de unos progenitores porque el padre tenga 70 años y la madre 62.
El Poder Judicial hace una puntualización sobre la reagrupación de familiares “incapacitados”, y pide que el término se sustituya por otro “que no suponga la exigencia de una declaración formal de incapacitación del reagrupable”, ya que la normativa comunitaria sólo exige para ser titular de ese derecho la falta de facultades para “atender a las propias necesidades”.
– Asistencia jurídica gratuita. El anteproyecto establece una condición nueva para la asistencia jurídica gratuita, que, en los procesos contencioso – administrativos, los extranjeros presenten una solicitud específica para dejar constancia expresa de que quieren presentar recurso, estén o no ya en territorio español. El Poder Judicial considera que es una condición “más gravosa que la exigida a los nacionales” y que podría no ser constitucional.
– Violencia de género. El Foro de los Inmigrantes propone introducir una excepción en la autorización de residencia temporal de un extranjero. El proyecto exige que los beneficiarios carezcan de antecedentes en España o en los países anteriores de residencia y no figurar como rechazable en los países con los que España tenga un convenio en tal sentido. El Foro propone añadir que, respecto a las víctimas de violencia doméstica, se valore “la naturaleza del delito del que traen causa los antecedentes” y, para los casos en que la víctima figure como rechazable en otros Estados del espacio Schengen, que la Administración gestione de oficio con las autoridades de esos países levantar la prohibición de entrada si se debe sólo a la permanencia irregular.
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