Dos mujeres en una fotografía de un banco de imágenes. GETTY
Los jueces dictan por unanimidad la segunda sentencia en la materia, que sienta jurisprudencia
El Tribunal Supremo español ha reconocido la pensión de viudedad a las dos viudas de un ciudadano marroquí fallecido en 2012 al concluir que la situación de poligamia no impide, por razones de orden público, el reconocimiento del derecho a una pensión de viudedad en el régimen de clases pasivas del Estado,"a favor de todas las esposas que, de acuerdo con su ley personal, estuvieran simultáneamente casadas con el causante perceptor de una pensión con cargo al Estado español". Eso sí, las dos viudas deberán repartirse la pensión.
Es la segunda vez que el Supremo se pronuncia sobre la posibilidad de percibir una pensión de viudedad en casos de poligamia. La primera sentencia fue dictada en enero de 2018, generó polémica y contuvo un voto particular en contra por parte de dos de los magistrados del Supremo. En esta ocasión, la sentencia se ha dictado por unanimidad y deja asentada esa jurisprudencia al ir en el mismo sentido que la primera.
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid había rechazado inicialmente el derecho a pensión de la segunda viuda del ciudadano marroquí. Esta recurrió ante el Supremo, que le ha dado la razón en una sentencia del mes pasado que ha sido localizada por CincoDías.
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