miércoles, 25 de diciembre de 2019

Un tribunal belga respalda la prohibición del velo islámico en escuelas

BRUSELAS,24/12/2019,EFE


Algunas de las cuatro menores que decidieron llevar ayer 'hiyab' en solidaridad con Najwa.Algunas de las cuatro menores que decidieron llevar ayer 'hiyab' en solidaridad con Najwa.J. J. GUILLéN/EFE

Un juzgado civil de Tongres había fallado previamente a favor de que once niñas, cuyos padres iniciaron el proceso judicial, pudieran ir cubiertas con un pañuelo al colegio. El tribunal de apelaciones de Amberes ha defendido el veto.

El tribunal de apelaciones de Amberes (norte de Bélgica) ha defendido el veto del velo islámico en las escuelas, contrariamente a lo determinado en una decisión anterior de otra corte belga, ya que en su opinión llevar símbolos religiosos puede conducir a "disturbios", informó este martes la agencia Belga.

Un tribunal civil de Tongres había fallado previamente a favor de que once niñas, cuyos padres iniciaron el proceso judicial, pudieran ir cubiertas con un pañuelo al colegio.

Esa corte había tenido en cuenta, especialmente, las disposiciones de la Convención Europea de los Derechos Humanos, según las cuales "todos los ciudadanos deben poder vivir según su fe".

Consideró, en concreto, que las escuelas concernidas "no habían podido demostrar que llevar el velo fuera problemático para las niñas". En cambio, el tribunal de apelación estimó que la prohibición de llevar signos religiosos "puede ser necesaria en la enseñanza" puesto que "ya ha generado presiones y disturbios en el pasado".

"Los alumnos deben poder desarrollar su personalidad en un entorno libre, para que puedan emitir su propio juicio sobre su identidad, entre otras la religiosa, y puedan hacer lo mismo sobre los demás", indicó el tribunal. En ese sentido, afirmó que la creación de un marco de enseñanza "libre de signos ideológicos" puede contribuir a ello.

La corte de apelación basó su argumentación en una decisión precedente del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, que indicaba que la prohibición de signos convencionales supone "una limitación de la libertad de culto que solo puede autorizarse si es necesaria para mantener el orden público o proteger las libertades de los demás".

La prohibición contemplada en los reglamentos escolares de las escuelas en cuestión "cumple este criterio", según el tribunal, porque sirve para "garantizar los derechos y libertades de todos los alumnos y padres y para garantizar el orden en la escuela".

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