MADRID.19-05-2008,ABC.es,POR M. J. PÉREZ-BARCO.
Awa —una mujer senegalesa de 47 años que pide conservar su anonimato en esta historia— se llevó la mayor sorpresa de su vida tras veinte años de matrimonio. Su
marido, un hombre de nacionalidad gambiana, viajó durante unas vacaciones a su país de origen y cuando regresó de nuevo a Mataró, al lado de Awa y los cuatro hijos que tenían en común, les presentó a su segunda esposa. «Durante su visita a Gambia, se casó de nuevo con una joven de 18 años—recuerda la mujer—. No me gustó lo que hizo y no quise que su segunda esposa viviera en mi casa». Una petición que, por lo menos, él respetó.
Durante el año siguiente el marido de Awa mantuvo dos familias a la vez, dos vidas paralelas en dos matrimonios simultáneos. Lo que costó un gran sufrimiento a esta mujer y a sus hijos, como ahora reconoce. Pero el tiempo cura las heridas. Y ahora Awa hace gala de que «nunca se separó» de su esposo «hasta la muerte. Él incluso falleció en mi casa de un infarto tras 21 años juntos».
Después de la desaparición del marido comenzaron otros problemas. En principio, el Instituto Nacional de la Seguridad Social dividió la pensión de viudedad a partes iguales entre las dos mujeres. Pero Awa, tras 21 años casada con el mismo hombre, seis hijos con él —dos fallecieron—, un matrimonio celebrado en Gambia —y registrado legalmente en nuestro país— y ya con nacionalidad española, no aceptó ese reparto. Por eso, tuvo que luchar en los tribunales.
El juzgado de lo Social de Barcelona dio la razón a la Seguridad Social. Pero fue el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña quien reconoció que Awa merecía el cien por cien de la pensión de viudedad, puesto que «a efectos de la ley española el segundo matrimonio es nulo». Y así lo recoge nuestro ordenamiento jurídico. El Código Civil, en su artículo 46, impide contraer matrimonio a «los que estén ligados con vínculo matrimonial». Pero es que además, el Código Penal (artículo 217) castiga la poligamia con «pena de prisión de seis meses a un año».
Es decir, la poligamia es ilegal en nuestro país. La pregunta es si el caso de Awa es una anécdota o los primeros síntomas de una práctica que comienza a instalarse en España? Ella lo tiene claro: «Sí, hay muchas mujeres están viviendo así y hay muchos problemas». Awa vive desde hace casi 28 años en nuestro país, es musulmana y cree en su religión. «Pero —insiste— la ley es diferente en España y la vida no es la misma que en África».
Casos en los tribunales
Desde luego, lo que sí se puede afirmar es que el caso de Awa no es el único. Los jueces han comenzado ya a enfrentarse a estas situaciones. El Tribunal Superior de Justicia de Galicia dividió una pensión de viudedad entre las dos esposas de un senegalés. En 2002, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid reconoció la pensión de viudedad a las dos esposas de un marroquí que estaba casado con su primera mujer y, durante un tiempo, había contraído segundas nupcias con otra de la que se había divorciado después. Diferente fue una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Aragón que denegó, en 2000, el permiso de residencia a la segunda esposa de un gambiano porque ese matrimonio «aunque sea válido conforme a su legislación personal (...) no puede tener eficacia legal en España».
Las administraciones no son ajenas a estas situaciones. Un estudio encargado por el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, en 2006, a un equipo de investigadores de la Universidad Jaume I para conocer cómo se podría reformar la pensión de viudedad, incluye un apartado dedicado a la «poligamia y sus consecuencias en materia de viudedad». Concluyen los expertos que «no se trata de dar validez al matrimonio polígamo en España, sino de que el matrimonio poligámico celebrado legalmente en el extranjero pueda producir determinados efectos en relación con la pensión de viudedad».
El segundo matrimonio
Algo que ya se recoge en el ordenamiento jurídico español desde hace años. Pues en el convenio sobre Seguridad Social, firmado por España y Marruecos en 1979, ya se recoge que la pensión de viudedad que cause un trabajador marroquí será distribuida «por partes iguales entre quienes resulten ser beneficiarias de dicha prestación» según la legislación de ese país africano, donde no están prohibidos los matrimonios polígamos.
Para burlar la ley española que no permite más de un matrimonio a la vez, los polígamos toman el único camino posible: inscribir el primer matrimonio en el Registro Civil y no hacerlo con el segundo, como apunta una asociación catalana que trabaja con mujeres africanas y que prefiere conservar el anonimato.
Se trata de una práctica que incluso reconoce el presidente de la Junta Islámica de Cataluña, Abdennur Prado. «Se dan matrimonios polígamos con este procedimiento —dice—. No son tantos, porque la poligamia en el Islam es minoritaria, ya que el 95% de los musulmanes son monógamos».
Protección de la mujer
Si los casos existen, parece que impera la ley del silencio o que las propias mujeres asumen este tipo de matrimonio múltiple. Prado explica que «para las mujeres es muy difícil denunciar una situación que en su país de origen es normal. Ellas no confían en la sociedad de acogida, se sienten desprotegidas, desarraigadas, no conocen el idioma, ni tienen formación y su supervivencia se basa en su comunidad musulmana. Desde el punto de vista de la protección, sería peor para esas mujeres separarlas del marido y dejarlas solas».
No obstante, otros representantes de la comunidad musulmana en España —se calcula que aglutina a 1,2 millones de personas— niegan que se produzcan matrimonios polígamos, como el presidente de la Unión de Comunidades Islámicas, Riay Tatary. «La poligamia en España ya no existe —afirma—, desde que entró en vigor la Ley de Extranjería en 2001 que permite la reagrupación familiar de forma organizada. Antes de la ley, los trabajadores musulmanes no podían traerse a sus mujeres y tampoco podían tener relaciones sexuales fuera del matrimonio porque es un pecado en el Islam. Por eso, se casaban en segundas nupcias con mujeres residentes aquí, sobre todo viudas y divorciadas». Tatary apunta que algún caso se ha dado recientemente entre musulmanes conversos.
Certificado de soltería
Más crítico se muestra el portavoz de la mezquita de la M-30 de Madrid, Mohamed El Afifi. Defiende que «los musulmanes están dentro de la legalidad de este país». En su opinión, «parece que hay una campaña contra nosotros, de algunos que dicen que los musulmanes quieren hacer una sociedad a su antojo cuando nos preocupan más otras cuestiones». El Afifi insiste en que para casarse en la mezquita madrileña se exige un certificado de soltería a ambas partes.
Ante este panorama, no hace falta viajar a Níger —un país de mayoría musulmana y donde la poligamia no está mal vista— para quedar «horrorizada» por la visión de un hombre que tiene tres esposas, como le ocurrió a la vicepresidenta del Gobierno, María Teresa Fernández de la Vega, la pasada semana. Lo preocupante es que estos casos, aunque pocos, se estén produciendo en nuestra propia casa, donde la ley expresamente prohíbe esa práctica.
Islam España es el portal del islam en lengua española , un proyecto de futuro para la convivencia,la cooperación y el diálogo.
Awa —una mujer senegalesa de 47 años que pide conservar su anonimato en esta historia— se llevó la mayor sorpresa de su vida tras veinte años de matrimonio. Su
marido, un hombre de nacionalidad gambiana, viajó durante unas vacaciones a su país de origen y cuando regresó de nuevo a Mataró, al lado de Awa y los cuatro hijos que tenían en común, les presentó a su segunda esposa. «Durante su visita a Gambia, se casó de nuevo con una joven de 18 años—recuerda la mujer—. No me gustó lo que hizo y no quise que su segunda esposa viviera en mi casa». Una petición que, por lo menos, él respetó.
Durante el año siguiente el marido de Awa mantuvo dos familias a la vez, dos vidas paralelas en dos matrimonios simultáneos. Lo que costó un gran sufrimiento a esta mujer y a sus hijos, como ahora reconoce. Pero el tiempo cura las heridas. Y ahora Awa hace gala de que «nunca se separó» de su esposo «hasta la muerte. Él incluso falleció en mi casa de un infarto tras 21 años juntos».
Después de la desaparición del marido comenzaron otros problemas. En principio, el Instituto Nacional de la Seguridad Social dividió la pensión de viudedad a partes iguales entre las dos mujeres. Pero Awa, tras 21 años casada con el mismo hombre, seis hijos con él —dos fallecieron—, un matrimonio celebrado en Gambia —y registrado legalmente en nuestro país— y ya con nacionalidad española, no aceptó ese reparto. Por eso, tuvo que luchar en los tribunales.
El juzgado de lo Social de Barcelona dio la razón a la Seguridad Social. Pero fue el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña quien reconoció que Awa merecía el cien por cien de la pensión de viudedad, puesto que «a efectos de la ley española el segundo matrimonio es nulo». Y así lo recoge nuestro ordenamiento jurídico. El Código Civil, en su artículo 46, impide contraer matrimonio a «los que estén ligados con vínculo matrimonial». Pero es que además, el Código Penal (artículo 217) castiga la poligamia con «pena de prisión de seis meses a un año».
Es decir, la poligamia es ilegal en nuestro país. La pregunta es si el caso de Awa es una anécdota o los primeros síntomas de una práctica que comienza a instalarse en España? Ella lo tiene claro: «Sí, hay muchas mujeres están viviendo así y hay muchos problemas». Awa vive desde hace casi 28 años en nuestro país, es musulmana y cree en su religión. «Pero —insiste— la ley es diferente en España y la vida no es la misma que en África».
Casos en los tribunales
Desde luego, lo que sí se puede afirmar es que el caso de Awa no es el único. Los jueces han comenzado ya a enfrentarse a estas situaciones. El Tribunal Superior de Justicia de Galicia dividió una pensión de viudedad entre las dos esposas de un senegalés. En 2002, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid reconoció la pensión de viudedad a las dos esposas de un marroquí que estaba casado con su primera mujer y, durante un tiempo, había contraído segundas nupcias con otra de la que se había divorciado después. Diferente fue una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Aragón que denegó, en 2000, el permiso de residencia a la segunda esposa de un gambiano porque ese matrimonio «aunque sea válido conforme a su legislación personal (...) no puede tener eficacia legal en España».
Las administraciones no son ajenas a estas situaciones. Un estudio encargado por el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, en 2006, a un equipo de investigadores de la Universidad Jaume I para conocer cómo se podría reformar la pensión de viudedad, incluye un apartado dedicado a la «poligamia y sus consecuencias en materia de viudedad». Concluyen los expertos que «no se trata de dar validez al matrimonio polígamo en España, sino de que el matrimonio poligámico celebrado legalmente en el extranjero pueda producir determinados efectos en relación con la pensión de viudedad».
El segundo matrimonio
Algo que ya se recoge en el ordenamiento jurídico español desde hace años. Pues en el convenio sobre Seguridad Social, firmado por España y Marruecos en 1979, ya se recoge que la pensión de viudedad que cause un trabajador marroquí será distribuida «por partes iguales entre quienes resulten ser beneficiarias de dicha prestación» según la legislación de ese país africano, donde no están prohibidos los matrimonios polígamos.
Para burlar la ley española que no permite más de un matrimonio a la vez, los polígamos toman el único camino posible: inscribir el primer matrimonio en el Registro Civil y no hacerlo con el segundo, como apunta una asociación catalana que trabaja con mujeres africanas y que prefiere conservar el anonimato.
Se trata de una práctica que incluso reconoce el presidente de la Junta Islámica de Cataluña, Abdennur Prado. «Se dan matrimonios polígamos con este procedimiento —dice—. No son tantos, porque la poligamia en el Islam es minoritaria, ya que el 95% de los musulmanes son monógamos».
Protección de la mujer
Si los casos existen, parece que impera la ley del silencio o que las propias mujeres asumen este tipo de matrimonio múltiple. Prado explica que «para las mujeres es muy difícil denunciar una situación que en su país de origen es normal. Ellas no confían en la sociedad de acogida, se sienten desprotegidas, desarraigadas, no conocen el idioma, ni tienen formación y su supervivencia se basa en su comunidad musulmana. Desde el punto de vista de la protección, sería peor para esas mujeres separarlas del marido y dejarlas solas».
No obstante, otros representantes de la comunidad musulmana en España —se calcula que aglutina a 1,2 millones de personas— niegan que se produzcan matrimonios polígamos, como el presidente de la Unión de Comunidades Islámicas, Riay Tatary. «La poligamia en España ya no existe —afirma—, desde que entró en vigor la Ley de Extranjería en 2001 que permite la reagrupación familiar de forma organizada. Antes de la ley, los trabajadores musulmanes no podían traerse a sus mujeres y tampoco podían tener relaciones sexuales fuera del matrimonio porque es un pecado en el Islam. Por eso, se casaban en segundas nupcias con mujeres residentes aquí, sobre todo viudas y divorciadas». Tatary apunta que algún caso se ha dado recientemente entre musulmanes conversos.
Certificado de soltería
Más crítico se muestra el portavoz de la mezquita de la M-30 de Madrid, Mohamed El Afifi. Defiende que «los musulmanes están dentro de la legalidad de este país». En su opinión, «parece que hay una campaña contra nosotros, de algunos que dicen que los musulmanes quieren hacer una sociedad a su antojo cuando nos preocupan más otras cuestiones». El Afifi insiste en que para casarse en la mezquita madrileña se exige un certificado de soltería a ambas partes.
Ante este panorama, no hace falta viajar a Níger —un país de mayoría musulmana y donde la poligamia no está mal vista— para quedar «horrorizada» por la visión de un hombre que tiene tres esposas, como le ocurrió a la vicepresidenta del Gobierno, María Teresa Fernández de la Vega, la pasada semana. Lo preocupante es que estos casos, aunque pocos, se estén produciendo en nuestra propia casa, donde la ley expresamente prohíbe esa práctica.
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