Ayuntamiento de Arenys de Munt (Aj. AdM - Aj. AdM)
La sentencia responde a la demanda administrativa presentada por uno de los vecinos del barrio Pi Gros contrario al oratorio musulmán
La sección tercera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justícia de Catalunya (TSJC) ha revocado la licencia que el Ayuntamiento de Arenys de Munt concedió a la comunidad musulmana para instalar una mezquita en los bajos de un edificio en el barrio del Pi Gros. El tribunal deja sin efecto una parte de la demanda, que hacía referencia a irregularidades en la ventilación y ruidos, pero la mantiene en cuanto “es disconforme a derecho la licencia otorgada por vulnerar el régimen establecido de aparcamientos” teniendo en cuenta que se trata de un establecimiento de gran asistencia de público.
El conflicto con los vecinos del Pi Gros se inició una vez que el gobierno del independiente Arenys de Munt 2000, con el alcalde Carles Móra, otorgó la licencia para el oratorio. De inmediato, los que se consideraron afectados presentaron 350 firmas contra la ubicación del centro religioso, que en ningún caso podía superar el aforo de 60 personas. No obstante, el consistorio atendió la petición de la comunidad islámica, ya que instalarse en una nave industrial como proponían los vecinos, les suponía pagar mucho más que los 500 euros que ahora abonan de alquiler.
Ante las irregularidades, vecinos a título particular presentaron denuncia hasta obtener la sentencia firme que el ayuntamiento estará obligado a acatar una vez haya estudiado los requerimientos jurídicos, tal como dijo el alcalde, Joan Rabasseda, que no conocía los términos exactos de la resolución judicial, pero que aseguró “mantener la voluntad de defender el posicionamiento inicial del pleno”.
No hay comentarios:
Publicar un comentario