viernes, 10 de octubre de 2014

El Ministerio del Interior revoca el estatuto de refugiado de un nacional de Paquistán por constituir una amenaza real y grave para la seguridad de España

Madrid,10/10/2014,iustel.com


El TS desestima el recurso interpuesto contra la resolución que se revocó el estatuto de refugiado el recurrente, por haber publicado en su página web duros artículos contra el Islam, señalando en este medio, así como en otros, su intención de quemar el Corán en España, habiendo colaborado con el pastor conocido como autor de la quema del Corán en EE.UU.
Iustel

Señala que no se ha producido la incorrecta interpretación del art. 44.1 c) de la Ley reguladora del derecho de asilo y de la protección subsidiaria, en relación con los arts. 1 F, 32 y 33 de la Convención de Ginebra para el Estatuto de los Refugiados de 1951, pues la Sala de instancia no realizó una aplicación exorbitante, irrazonable, ilógica o arbitraria de estas disposiciones reguladoras de las causas de cesación, revocación o pérdida del estatuto de refugiado, al sostener, tras valorar de forma pormenorizada las acciones del actor, que en el supuesto enjuiciado existen razones fundadas para estimar que constituye una amenaza real y grave para la seguridad de España, por cuanto su comportamiento incita al odio interreligioso y revela una peligrosidad que resulta incompatible con la seguridad y confianza que debe proporcionar un Estado democrático a sus ciudadanos. Formula voto particular el Magistrado Excmo. Sr. D. Manuel Campos Sánchez Bordona, al que se adhiere la Excma. Magistrada D.ª María Isabel Perelló Doménech.

Pueden leer la sentencia en :
http://www.iustel.com/diario_del_derecho/noticia.asp?ref_iustel=1132565 

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