martes, 5 de noviembre de 2019

El Principado reconoce el derecho de una alumna a llevar el velo islámico

GIJÓN,05 noviembre 2019, elcomercio.es, ELENA RODRÍGUEZ.


El Instituto Número 1, en el Polígono de Pumarín. / CITOULA

La estudiante, egipcia y de unos 30 años, cursa un ciclo de Informática en el Instituto Número 1, cuya norma impide llevar la cabeza cubierta

Sucedió hace un mes, aproximadamente. Una alumna del Instituto Número 1 de Gijón fue apercibida por la dirección de que no podía utilizar el velo islámico en el centro. La razón es que el reglamento de régimen interior del propio instituto recoge la obligatoriedad de llevar la cabeza descubierta en el interior por cuestiones de seguridad e identificación. La excepción que recoge la norma es que una autoridad religiosa o política, reconocida por el Estado español, confirme o justifique dicha necesidad.

La estudiante, de nacionalidad egipcia, de unos treinta años y que cursa un ciclo superior de Informática a distancia (que supone ir solo una hora al día, una semana sí y otra no, según ha podido saber este periódico), señaló que no era una simple costumbre, sino un requisito islámico religioso, tal y como recoge la agencia Europa Press. Decidió trasladar el caso a la Comisión Islámica de España.

Su presidente, Riay Tatary, ha remitido una carta a la dirección del centro en la que recuerda que vestir el hiyab en público es «una prescripción religiosa necesaria protegida por la Ley Orgánica de Libertad Religiosa». «He enviado la carta porque es un derecho de la alumna», añade Tatary, quien sostiene que «la Constitución española estipula la obligación de garantizar la libertad ideológica, religiosa y de culto de los individuos y las comunidades sin más limitación, en sus manifestaciones, que la necesaria para el mantenimiento del orden público protegido por ley».

El responsable del instituto, por su parte, también lo puso en conocimiento de Inspección Educativa de la Consejería de Educación. El objetivo era aclarar el asunto. Dicho servicio ya ha respondido e indica que «una correcta interpretación de la normativa permite concluir que la alumna del IES Número 1 tiene derecho al uso del velo islámico».

En su informe, acredita que la Comisión Islámica de España goza de pleno reconocimiento como representación de las comunidades de confesión musulmanas asentadas en España, tal y como se acredita en la Ley 26/1992, por la que se aprobó el Acuerdo de Cooperación del Estado con la Comisión Islámica de España. Añade que «el decreto por el que se regulan los derechos y deberes del alumnado recoge que los estudiantes tienen derecho a que se respete su libertad de conciencia, sus convicciones religiosas y morales, de acuerdo con la Constitución».

La mujer -madre de tres hijos, casada con un ingeniero electrónico y que lleva quince años residiendo en Gijón- confía en que, después de esta aclaración, pueda presentar con normalidad sus trabajos a final de mes, tal y como requieren sus estudios y que hasta la fecha es su principal preocupación. «Tendría que poder volver al centro con normalidad con el velo», apunta Tatary.

La Asociación Cultural Musulmán de Asturias recordó que «España es un estado aconfesional, pero con la libertad religiosa reconocida. Es un país multicultural y con un grado de madurez más que suficiente como para que sigan pesando más las apariencias que la forma de ser de las personas. No pongamos con esto una barrera al compromiso de integración de la sociedad». Según indicó, «la norma del centro solo hace mención a la prohibición de llevar gorra o similar. No dice nada de velo», mientras fuentes próximas al centro sostienen que, fundamentalmente, «no distingue entre hombre y mujeres».

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