jueves, 12 de enero de 2017

Musulmanes afincados en Villena piden al Ayuntamiento una parcela junto al cementerio

VILLENA,11 enero 2017, laverdad.es.J. M. PENADÉS 


La legislación española prohíbe que un finado repose en contacto directo con la tierra, sin féretro

Villena cuenta con una nutrida comunidad musulmana. Tienen una mezquita propia y han colaborado en varias ocasiones con el Ayuntamiento, bien en las jornadas de la Semana Étnica de Mestizaje o en las Fiestas del Medievo. Desde esta comunidad se ha solicitado al Consistorio la cesión de una parcela en el cementerio de Villena para que puedan enterrar a los familiares fallecidos, solicitud que se tramitó la última semana de diciembre de 2016. Hasta aquí, todo parece correcto, pero la polémica surge por la manera que tienen los musulmanes de dar sepultura a sus muertos, ya que lo hacen sin ataúd y mirando a la Meca.

Los ritos funerarios islámicos están basados en las enseñanzas del Corán y de la Sunna (preceptos religiosos islamitas que se atribuyen al profeta árabe Mahoma). El ritual consiste en el lavado del cadáver, amortajamiento, ceremonia religiosa -oración y honras fúnebres- y entierro. El cuerpo debe ser lavado siguiendo unas reglas específicas y luego secado y amortajado en tela blanca.

La Tradición Profética recomienda utilizar tres paños blancos para el hombre y dos paños, más tres elementos complementarios, para la mujer, siempre nuevos y de tela normal y corriente. El cadáver se deposita directamente en la tierra, recostado sobre el lado derecho y con la cara dirigida a La Meca. El islam reprueba el embalsamamiento, la cremación e incluso las tumbas y monumentos funerarios.


Los allegados pueden expresar su dolor, pero sin excesos. Es contrario a los preceptos de trasladar los restos mortales del difunto a otra ciudad, ya que es aconsejable enterrar a un musulmán en el cementerio de la ciudad donde murió.

Costumbre incompatible con la ley mortuoria

La mayoría de los musulmanes retorna a su país de origen antes de fallecer. Solo hay 27 cementerios para los dos millones de habitantes que profesan el islam en España.

Algunos están situados en comunidades como Baleares, Asturias, Cataluña, Extremadura, Cantabria o Comunidad Valenciana. Según el acuerdo de cooperación entre España y la Comisión Islámica (ley 27/1992), se debe reservar espacios en los cementerios para entierros islámicos: "Se reconoce el derecho a la concesión de parcelas reservadas para los enterramientos musulmanes en los cementerios municipales, así como el derecho a poseer cementerios islámicos propios". La muerte como último paso de integración de la comunidad extranjera.

Sin embargo, los únicos en los que se puede seguir el rito funerario según dicta el Corán están en Andalucía (ocho en total), y se permite mientras no suponga un riesgo para la salud pública, como sería en el caso de cadáveres con cólera. El rito dice que los cuerpos deben ser enterrados directamente en contacto con la tierra, costumbre incompatible con la ley mortuoria del resto de comunidades autónomas, que exigen el uso de féretro. "De ella os hemos creado, a ella os devolveremos y de ella os haremos surgir de nuevo", dice el Corán.

La legislación española prohíbe que un finado repose en contacto directo con la tierra, sin féretro. "Aunque no esté claramente escrito en este Reglamento de Sanidad Mortuoria, se da por hecho que es obligatorio que el cuerpo se introduzca en un ataúd. Además, el Apartado 2 del Artículo 13 de este Decreto precisa que los féretros deberán estar autorizados u homologados por el Ministerio de Sanidad y Consumo o por la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales", apunta la ley.

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