Douglas Chin, tras la vista. HUGH GENTRY REUTERS
El decreto no podrá aplicarse hasta que un tribunal superior diga si es constitucional
Un juez federal de Hawái ha decidido mantener en suspenso de forma indefinida el segundo decreto migratorio de Donald Trump, al menos hasta que un tribunal superior se pronuncie sobre si la polémica orden ejecutiva del presidente se ajusta a la legalidad y la Constitución. Esta medida supone que, salvo que el Departamento de Justicia logre derogarla con un recurso, el segundo intento de Trump de impedir la entrada de refugiados e inmigrantes musulmanes de seis países queda paralizado sine die.
El juez de distrito Derrick Watson, de Honolulu, ya había paralizado el pasado día 15 el veto migratorio con una Orden de Restricción Temporal (TRO, en sus siglas en inglés) hasta que se celebrase la vista para conocer los argumentos de las partes y decidir si dejaba que la orden de Trump se aplicase.
Este jueves se ha celebrado la audiencia, en la que el abogado del Departamento de Estado Chad Readler ha afirmado que Hawái solo ha mostrado su preocupación por el efecto que la orden pueda tener sobre los estudiantes y el turismo. "Pero la orden no tiene ningún efecto sobre este Estado", ha argumentado.
Sin embargo, el fiscal general de Hawái, Douglas Chin, ha resaltado que el lenguaje utilizado en la orden "es como un cartel de neón parpadeando 'Prohibición para los musulmanes, Prohibición para los musulmanes'", según ha informado la cadena de televisión estadounidense NBC. Chin, demócrata, fue quien instó la paralización inicial.
Tras escuchar a las partes, Watson ha convertido su primera decisión en una "medida preliminar" (en España sería una especie de recurso previo de inconstitucionalidad), lo que dificulta aún más la aplicación del veto migratorio: no entrará en vigor hasta que una instancia superior decida a fin de evitar los riesgos y perjuicios que puede entrañar su aplicación.
"Esta medida no tiene fecha de expiración", ha dicho Chin. La decisión permite al Gobierno de Trump recurrir el fallo ante el Tribunal de Apelaciones del Noveno Circuito, una instancia inmediatamente inferior al Tribunal Supremo.
El veto migratorio suspendía durante 120 días el programa de acogida a refugiados y durante 90 la entrada de ciudadanos procedentes de Irán, Somalia, Sudán, Siria, Yemen y Libia. A diferencia de la primera orden, la medida dejaba fuera a los ciudadanos de Irak y modificaba la provisión sobre los refugiados sirios, que tenían prohibida su entrada al país durante 120 días y no de manera indefinida, como establecía el veto original. Ese primer veto también fue bloqueado por un juez federal en primera instancia, decisión confirmada por el Tribunal de Apelaciones del Noveno Circuito tras los recursos de Trump.
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