Musulmanes en la institución penitenciaria de Melilla en la Oración de Idul Fitr.
Riay Tatary Bakry presidente de la Unión de Comunidades Islámicas de España/Comisión Islámica de España, ha firmado el Convenio de Colaboración del Estado con la Comisión Islámica de España Para la Financiación de los gastos que ocasione el desarrollo de la asistencia religiosa en los establecimientos penitenciarios de competencia estatal .
Ese Convenio fruto del trabajo de la Comisión Islámica de España, que ha sido consecuencia de la aprobación del Real Decreto 710/2006, de 9 de junio, de desarrollo del Acuerdo de cooperación firmado por el Estado con la Comisión islámica de España.
El artículo 9 del Acuerdo de cooperación del Estado Español con la Comisión Islámica de España, aprobado por Ley 26/1992, de 10 de noviembre, garantiza el ejercicio del derecho a la asistencia religiosa de los internados en centros o establecimientos penitenciarios, proporcionada por los imames o personas designadas por las comunidades y autorizados por los organismos administrativos competentes.
En cumplimiento de dicha previsión se aprobó el Real Decreto 710/2006, de 9 de junio, de desarrollo de los Acuerdos de cooperación firmados por el Estado, entre otras, con la Comisión Islámica de España, en el ámbito de la asistencia religiosa penitenciaria. De conformidad con su artículo 11, la financiación de los gastos que origine dicha asistencia religiosa se realizará en la forma establecida en cada uno de los respectivos Acuerdos de cooperación.
Por lo que se refiere a la asistencia religiosa islámica, el apartado 3 del artículo 9 del Acuerdo de cooperación del Estado Español con la Comisión Islámica de España, dispone que los gastos que origine el desarrollo de la asistencia religiosa de los internados en centros o establecimientos penitenciarios serán sufragados en la forma que acuerden los representantes de la Comisión Islámica de España con la dirección de los centros o establecimientos públicos.
Razones de eficacia práctica, así como de tratamiento uniforme a todos los imames que presten asistencia religiosa islámica, aconsejan la suscripción de un único convenio de ámbito general que establezca las bases para la financiación de este tipo de asistencia en los centros penitenciarios de competencia estatal, de modo que se pueda dar efectivo cumplimiento a las previsiones del Acuerdo ya suscrito con la Comisión Islámica de España en el que, en definitiva, se prevé la firma de convenios que permitan una colaboración pública en la financiación de los gastos ocasionados.
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