miércoles, 18 de enero de 2012

La Comisión Islámica de España reforma sus estatutos

Madrid,17/01/2011, islamedia.


Comunicado de prensa:

NUEVOS ESTATUTOS DE LA COMISIÓN ISLÁMICA DE ESPAÑA
COMUNICADO DE SU JUNTA DIRECTIVA

La Junta Directiva de la Comisión Islámica de España anuncia públicamente que en esta fecha, día 17 de enero de 2012 se han presentado en el Ministerio de Justicia los nuevos estatutos por los que se regirá en adelante la Comisión Islámica de España, dando así respuesta actualizada a las nuevas necesidades y retos de la comunidad musulmana española en lo religioso y su representación.

Estos estatutos han sido elaborados en pleno consenso considerando las necesidades de una representación unificada de las comunidades religiosas islámicas establecidas en España y de una representación real de todas aquellas que desean formar parte quedando integradas y comprendidas en el Acuerdo de Cooperación del Estado con la Comisión Islámica de España, Ley 26/1992.

En el pasado se han cosechado logros notables en la contratación de profesores de religión islámica y de asistentes religiosos penitenciarios, cementerios, mezquitas, alimentación halal, horarios de ayuno y rezos, hiyab en las fotografías de documentos de identificación, etc. trabajando para que se normalice el culto islámico en España en igualdad con el resto de confesiones.

Sin embargo en los últimos cinco años se han estado presentando diversos borradores y estatutos reformados para una mayor democracia real representativa en la Comisión Islámica de España, los cuales no han sido tramitados inexplicablemente, excepto por falta de libertad religiosa real para los musulmanes en nuestro país; sin embargo esto ha dado tiempo para la reflexión y para una cuidada elaboración, más mejorada aún, de los estatutos que hoy han sido presentados y que deben ser tramitados debidamente por la Dirección General de Cooperación Jurídica Internacional y Relaciones con las Confesiones, siendo inscrito su asiento en tiempo y forma, por la actual Administración como es deseable en igualdad constitucional y legal.

Estos nuevos estatutos vigentes facultan a cualquier comunidad o federación religiosa islámica, inscrita en el Registro de Entidades Religiosas del Ministerio de Justicia, a solicitar su incorporación a la Comisión Islámica de España directamente sin necesidad de pertenencia a alguna entidad federativa ya adscrita o nueva solicitante.

La solicitud deberá estar firmada por un representante legal cuyo nombre figure anotado en el Registro de Entidades Religiosas, previo acuerdo adoptado según la forma y por el órgano competente según sus propios estatutos con aceptación expresa de los contenidos del Acuerdo de cooperación firmados con el Estado y de los Estatutos de la Comisión Islámica de España, de los cuales podrán solicitar copia, de no disponer de ella, designando y manteniendo actualizado un domicilio y persona responsable a los efectos de relación y comunicaciones.

La solicitud se dirigirá a la Junta Directiva, quien acusará recibo de la misma con la indicación de la fecha de la próxima convocatoria de la Comisión Permanente y su inclusión en el Orden del Día. En caso de no producirse ésta última o de no haber contestación sobre la solicitud presentada en el plazo de seis meses, se entenderá que la comunidad ha sido aceptada para formar parte de la Comisión Islámica de España.

Debemos dejar claro que la Comisión Islámica de España realiza su labor para el beneficio de todos, incluso de los que no desean ser miembros, y llama a la unidad a los musulmanes, creando la hermandad religiosa necesaria para el diálogo y el consenso. La Comisión Islámica de España con sus entidades integrantes siempre ha trabajado dentro del marco constitucional de cooperación con los poderes públicos y espera que éstos actúen en reciprocidad y en el respeto mutuo.

Madrid, 17 de enero de 2012
Comisión Islámica de España
La Junta Directiva

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