La policía podrá exigir a quienes obtengan el documento por primera vez un certificado que acredite su pertenencia a una comunidad religiosa
CEUTA, 23 de junio de 2007, El pueblo de Ceuta, Gonzalo Testa
Tras semanas de polémica y denuncias de varias mujeres musulmanas por la imposibilidad de obtener o renovar su Documento Nacional de Identidad “DNI” con el cabello totalmente cubierto por el velo islámico o hiyab, el Ministerio del Interior ha emitido una nueva instrucción general a todas las oficinas de expedición del mismo para “ampliar” las instrucciones emitidas sobre este trámite el pasado 16 de febrero que permite, desde el martes, que las fotografías del documento se realicen “con la cabeza cubierta por cualquier pañuelo, toga o prenda que imponga la confesión religiosa”.
La circular, cuyo contenido fue acordado por el secretario general de la Comisión Islámica de España, Riay Tatary, en su último encuentro con representantes de la Secretaria de Estado de Seguridad, deja claro que la parte que irrevocablemente debe ser visible va “desde el nacimiento del pelo hasta el mentón, de forma que no impida o dificulte la identificación de la persona”.
Con certificado
Los funcionarios policiales que trabajan en las oficinas expedidoras del DNI no podrán, por tanto, pedir a las mujeres musulmanas que se quiten el hiyab o lo retiren hasta dejar ver dos centímetros desde la raíz de su pelo, pero sí podrán exigir cuando se trate de la primera expedición del documento que el solicitante (acredite su pertenencia a la comunidad religiosa? de la que sea fiel. Dichos certificados podrán ser emitidos por las comunidades islámicas de cada región debidamente registradas ante el Ministerio de Justicia. )
Este tipo de requisitos se demandan más en la península que en Ceuta o Melilla, explica el presidente de la Unión de Comunidades Islámicas de Ceuta (UCIDCE), Laarbi Maateis, quien ha seguido de cerca y en permanente contacto con Tatary, presidente de la UCIDE, las negociaciones con Interior para resolver los problemas que estaba empezando a generar la reglamentación al respecto que entró en vigor en febrero a través de una circular interna del mismo grado que la difundida ahora.
Dicha instrucción señalaba que los funcionarios debían seguir escrupulosamente lo señalado en el Real Decreto 1553/2005 que regula la expedición del Documento Nacional de Identidad y sus certificados de firma electrónica, esto es, que la fotografía esté ?tomada de frente con la cabeza totalmente descubierta y sin gafas de cristales oscuros o cualquier otra prenda que pueda impedir o dificultar la identificación de la persona?. Ayer, con el problema resuelto, Maateis agradeció “sinceramente” al Gobierno central su “buena voluntad” para atender a las confesiones minoritarias en el Estado español y quiso dejar claro que el Ministerio “no ha cedido ante nadie”, sino que “se ha limitado a cumplir lo que dice la Constitución y la legislación vigente”.
Islam España es el portal del islam en lengua española , un proyecto de futuro para la convivencia,la cooperación y el diálogo.
CEUTA, 23 de junio de 2007, El pueblo de Ceuta, Gonzalo Testa
Tras semanas de polémica y denuncias de varias mujeres musulmanas por la imposibilidad de obtener o renovar su Documento Nacional de Identidad “DNI” con el cabello totalmente cubierto por el velo islámico o hiyab, el Ministerio del Interior ha emitido una nueva instrucción general a todas las oficinas de expedición del mismo para “ampliar” las instrucciones emitidas sobre este trámite el pasado 16 de febrero que permite, desde el martes, que las fotografías del documento se realicen “con la cabeza cubierta por cualquier pañuelo, toga o prenda que imponga la confesión religiosa”.
La circular, cuyo contenido fue acordado por el secretario general de la Comisión Islámica de España, Riay Tatary, en su último encuentro con representantes de la Secretaria de Estado de Seguridad, deja claro que la parte que irrevocablemente debe ser visible va “desde el nacimiento del pelo hasta el mentón, de forma que no impida o dificulte la identificación de la persona”.
Con certificado
Los funcionarios policiales que trabajan en las oficinas expedidoras del DNI no podrán, por tanto, pedir a las mujeres musulmanas que se quiten el hiyab o lo retiren hasta dejar ver dos centímetros desde la raíz de su pelo, pero sí podrán exigir cuando se trate de la primera expedición del documento que el solicitante (acredite su pertenencia a la comunidad religiosa? de la que sea fiel. Dichos certificados podrán ser emitidos por las comunidades islámicas de cada región debidamente registradas ante el Ministerio de Justicia. )
Este tipo de requisitos se demandan más en la península que en Ceuta o Melilla, explica el presidente de la Unión de Comunidades Islámicas de Ceuta (UCIDCE), Laarbi Maateis, quien ha seguido de cerca y en permanente contacto con Tatary, presidente de la UCIDE, las negociaciones con Interior para resolver los problemas que estaba empezando a generar la reglamentación al respecto que entró en vigor en febrero a través de una circular interna del mismo grado que la difundida ahora.
Dicha instrucción señalaba que los funcionarios debían seguir escrupulosamente lo señalado en el Real Decreto 1553/2005 que regula la expedición del Documento Nacional de Identidad y sus certificados de firma electrónica, esto es, que la fotografía esté ?tomada de frente con la cabeza totalmente descubierta y sin gafas de cristales oscuros o cualquier otra prenda que pueda impedir o dificultar la identificación de la persona?. Ayer, con el problema resuelto, Maateis agradeció “sinceramente” al Gobierno central su “buena voluntad” para atender a las confesiones minoritarias en el Estado español y quiso dejar claro que el Ministerio “no ha cedido ante nadie”, sino que “se ha limitado a cumplir lo que dice la Constitución y la legislación vigente”.
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