lunes, 2 de junio de 2008

Contreras, partidario de una ley de libertad de creencias y convicciones

Madrid, 30-05-2008 , EFE

El nuevo director general de Asuntos Religiosos, José María Contreras Mazarío, es partidario de sustituir la actual ley Orgánica de Libertad Religiosa por otra, más amplia, en torno a la libertad de creencias y convicciones.


(EFE) José María Contreras, nuevo director general de Asuntos Religiosos.

Esta propuesta está recogida en un informe que José María Contreras, con la colaboración del catedrático Oscar Celadón, realizó por encargo de la Fundación Alternativas, en el año 2005, bajo el enunciado "Estatuto de laicidad y Acuerdos con la Santa Sede: dos cuestiones a debate".

En este informe, ambos catedráticos de Derecho eclesiástico del Estado afirman en su propuesta para la reforma de la ley en vigor que "la discriminación entre creencias religiosas y no religiosas injustificada que supuso la aprobación de la Ley Orgánica de Libertad Religiosa exige la superación de la misma, y la aprobación de una ley de libertad de creencias y convicciones".

Y agregan que esa nueva ley debe contener unos principios informadores, "claros y precisos, que no puedan ser interpretados en clave de confesionalidad, privilegiando a un grupo religioso sobre los demás, o a los grupos religiosos sobre los no religiosos, o viceversa".

Para los autores del informe la nueva ley de libertad de creencias y convicciones debería ser aplicable a todas las confesiones religiosas, para lo cual es necesario que sus destinatarios sean todos los grupos que sirven de cauce para el ejercicio de la libertad de conciencia, y entre ellos las confesiones religiosas, sin distinción entre las mismas.

Proponen también, para evitar un posible uso discriminatorio o trato de favor por parte de los poderes públicos en la celebración de acuerdos de cooperación con las confesiones religiosas, que la nueva ley contenga una cláusula dirigida a que el Estado promulgue un derecho común aplicable a todos los grupos que sirven de cauce para el ejercicio colectivo del derecho individual de libertad de conciencia.

De tal modo, señalan, que el Estado sólo recurra a los acuerdos de cooperación cuando sea indispensable para dicha libertad de conciencia en aquello que sea específico de dicha creencia o convicción.

Contreras y Celadón destacan en el informe, como una de las cuestiones a abordar en esa futura ley, una nueva configuración del Registro de Entidades Religiosas, actualmente en el Ministerio de Justicia.

A este respecto, su propuesta se dirige en una doble dirección: o su supresión e inclusión dentro del Registro General de Asociaciones del Ministerio del Interior, o bien su permanencia en el Ministerio de Justicia, pero ampliando su ámbito subjetivo a todas las creencias o convicciones, religiosas o no.

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