sábado, 17 de noviembre de 2018

Un instituto concertado laico de Murcia prohíbe a una chica llevar hiyab

Murcia 15 NOV 2018,elpais.com,VIRGINIA VADILLO


Una estudiante madrileña a la que se prohibió la asistencia al instituto con hiyab.SAMUEL SÁNCHEZ

El centro, financiado con fondos públicos, alega que su normativa interna no permite estar en clase con la cabeza cubierta

Cambiar de instituto es el precio que ha tenido que pagar una adolescente de 13 años de la localidad murciana de Jumilla por llevar hiyab. El centro laico, privado pero subvencionado con dinero público, en el que inició el curso le ha prohibido asistir a clase cubierta con el velo islámico aludiendo a su normativa interna y, a pesar de las protestas de diversas ONG, ha prevalecido el criterio del centro.

La chica se matriculó el curso pasado, al iniciar la secundaria, en el centro concertado Cruz de Piedra de Jumilla, donde no se imparten clases de religión. En aquel momento, la adolescente no utilizaba el hiyab y no fue hasta este septiembre, cuando fue a recoger los horarios, ya con el velo puesto, cuando le informaron de que la normativa del centro no permite llevar esa prenda.

En realidad, explica Moisés Navarro, presidente de la Coordinadora de ONG para el Desarrollo de la Región de Murcia, el centro cuenta solo con un reglamento que prohíbe “de manera genérica” asistir a las aulas con la cabeza cubierta. En su opinión, con esa regla, se está dando el mismo valor a llevar una gorra que un hiyab, cuando el segundo es un símbolo religioso que entra dentro de la libertad ideológica y de culto de las personas. “La Constitución y las normas internacionales sobre derechos humanos amparan el uso de estas prendas y la libertad religiosa, y un reglamento interno de un instituto no puede anteponerse a esas leyes”, ha lamentado Navarro.

La familia, que asegura que desconocía esa normativa del centro, ha vivido estos dos primeros meses del curso escolar entre reuniones con el equipo directivo del centro y amonestaciones a la joven, que acabó recibiendo clase en varias ocasiones en la biblioteca, aislada del resto de compañeros.

La Coordinadora de ONG para el Desarrollo, junto con la Federación de Asociaciones Africanas de Murcia (FAAM) y las asociaciones Convivir sin Racismo y Murcia Acoge, también han tratado de mediar en este caso apelando a la responsabilidad de la Consejería de Educación. “Este es un caso puntual, pero no queremos que se repita en otros centros concertados y con otras alumnas. La comunidad autónoma debe tomar medidas para que las normas de los colegios e institutos no excedan el marco de las libertades individuales, porque están sustentados con fondos públicos”, ha subrayado Navarro.

Sin embargo, un portavoz de la Consejería de Educación de Murcia ha explicado que esta clase de centros tienen sus propios reglamentos, que las familias deben conocer previamente. No obstante, se ha llevado a cabo una labor de “mediación”, dicen, entre la alumna y el instituto, con diversas reuniones, para tratar de “adoptar la solución más adecuada para ambos”.

Finalmente, ha indicado el portavoz, la familia solicitó cambiar de centro y se le asignó plaza en otro instituto de la localidad al que está acudiendo a clase desde esta semana utilizando el hiyab sin ningún problema.

Por su parte, el instituto ha emitido un comunicado en el que se limita a insistir en que su normativa interna no permite acudir a clase con la cabeza cubierta, una condición que todas las familias conocen de antemano antes de matricular a sus hijos.

Podemos también ha considerado que "no es admisible" que colegios concertados, financiados con fondos públicos, incluyan este tipo de "discriminaciones" en sus reglamentos internos. El diputado regional Andrés Pedreño ha subrayado que "el uso del hiyab por alumnas y profesoras forma parte de dos derechos fundamentales constitucionalmente reconocidos a todos los individuos, la libertad de conciencia y el derecho a la propia imagen”, por lo que esta chica “debe tener libertad para llevar el pañuelo islámico" en su centro escolar y solo un juzgado podría prohibirlo "en atención a circunstancias concretas", puesto que no hay una legislación específica a este respecto.

En abril de 2013, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid dio la razón a un centro educativo de Pozuelo de Alarcón por un caso similar: prohibió a una alumna de 16 años acudir a clase con el hiyab argumentando también que así se recogía en su reglamento.

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