sábado, 29 de junio de 2019

El nuevo decreto de sanidad mortuoria de Galicia permitirá inhumar cadáveres sin féretro por razones religiosas

SANTIAGO DE COMPOSTELA, 28/06/2019,(EUROPA PRESS)


Contempla la creación de un censo de prestadores de servicios funerarios, que incluirá funerarias, tanatorios, velatorios y crematorios

La Consellería de Sanidade ha publicado en el Portal de Transparencia el texto del proyecto del nuevo decreto de sanidad mortuoria de Galicia que permitirá inhumar cadáveres sin féretro cuando se demande por razones de confesionalidad.

Según ha explicado la Consellería de Sanidade en un comunicado de prensa, el decreto introduce como novedad la posibilidad de enterrar cadáveres sin féretro "para los casos en los que por razones de confesionalidad así se demande".

"Se trata de dar solución a las costumbres y creencias religiosas en las que el enterramiento del cadáver se hace directamente en contacto con la tierra (caso, por ejemplo, de los musulmanes)", ha concretado Sanidade.

Otra de las novedades en el apartado de inhumaciones y exhumaciones radica en que "desaparece la autorización previa de Sanidade" para proceder a exhumar cuerpos y resto cadavéricos. "Esta autorización sanitaria previa se sustituirá por la declaración responsable", abunda la Consellería, que indica que "estarían exentas las reinhumaciones de restos cadavéricos que tuvieran lugar en el mismo cementerio".

CREMATORIOS

En cuanto a los crematorios, el nuevo texto normativo especifica que los de nueva construcción "deberán guardar una distancia mínima de 200 metros" respecto a urbanizaciones, viviendas, residencias, centros sanitarios y educativos, instalaciones deportivas y otras de carácter similar.

Mientras, aquellos crematorios que ya estuvieran en funcionamiento antes de la entrada en vigor del nuevo texto, y que no cumplan la distancia mínima, "deberán presentar un estudio de dispersión de contaminantes a la atmósfera", con el fin de "comprobar que los gases que se emiten no sean peligrosos para el entorno en el que se encuentra", señala Sanidade.

CENSO

El documento incluye también la creación de un censo de prestadores de servicios funerarios, en el que "se inscribirán las empresas funerarias, tanatorios, velatorios y crematorios de Galicia".

"No sólo facilitará la información entre autonomías, sino que, en base a una mayor transparencia y publicidad, una vez elaborado, el listado estará a disposición de la población en general en la página web del Sergas", ha manifestado la Consellería.

LUGARES ESPECIALES

Asimismo, se modifica el reglamento de los enterramientos en lugares especiales --aquellos puntos de culto y recintos institucionales de especial relevancia histórica o artística--.

En este sentido, se elimina la autorización sanitaria requerida en el actual texto normativo para aquellos lugares ya existentes. En cuanto a los de nueva construcción, "serán los ayuntamientos en los que estén situados los encargados de instruir y resolver los expedientes y de otorgar la correspondiente licencia", destaca Sanidade, que "emitirá un informe que tendrá carácter preceptivo".

"Gran parte de las modificaciones y novedades recogidas en el texto del proyecto del nuevo decreto se basa en los aspectos sanitarios sobre esta materia recogidos en la 'Guía de consenso sobre sanidad mortuoria', aprobada el pasado año en la Comisión de Salud Pública del Sistema Nacional de Salud en la que participaron representantes de las comunidades autónomas", ha concluido la Xunta.

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