lunes, 13 de noviembre de 2017

Enseñanza islámica en colegios cristianos

LOGROÑO, 13 noviembre 2017,larioja.com



Estudiantes de religión musulmana en el exterior de un centro de enseñanza. :: efe 

Más de 700 alumnos riojanos pidieron el pasado curso recibir enseñanza islámica en sus centros | La campaña de recogida de solicitudes abarcó a 47 colegios e institutos, seis de ellos concertados, en los que 24 cumplirían la ratio para impartir la asignatura

La Comisión Islámica de España realizó la estimación de solicitudes de educación inslámica en el curso 2016/2017 para La Rioja. En la lista llama la atención que entre los 716 alumnos de los 47 centros a los que hace referencia, hay seis concertados de marcada línea cristiana que acumulan 92 niños que pidieron recibir esta formación. De los seis colegios en cuestión, tres están el Logroño -CPC EScuelas Pías (2 solicitudes), Rey Pastor (14) y Sagrado Corazón Jesuitas (3)- y los otros tres en Calahorra -CPC San Andrés (57), Teresianas (14) y San Agustín (2)-.

El nuevo escenario en el sistema educativo regional se ha abierto con la reciente sentencia del Tribunal Superior de Justicia de La Rioja, que reconoce el derecho a que los dos hijos de Marian Aretio reciban clases de enseñanza religiosa islámica en sus respectivos centros. A falta de que el Gobierno de La Rioja defina si recurre el fallo en casación ante el Tribunal Supremo -un paso que en cualquier caso no paralizaría la decisión del TSJR- el hecho es que existe una masa crítica que podría beneficiarse de la implementación de esta asignatura en la aulas.

Como acaban de certificar los tribunales, en la petición amparada por la demandante tanto en el cumplimiento de un derecho fundamental recogido en la Constitución como en el Acuerdo de Cooperación del Estado con la Comisión Islámica de España aprobado en 1992 se cumplen los requisitos que habían frenado hasta ahora esta vía. Entre otros aspectos, se reconoce a la Comisión Islámica como interlocutor directo, los interesados han facilitado un listado de 27 profesores avalados y está acreditado un número de demandantes que cumple la ratio exigida de diez alumnos por curso o, en su caso, agrupados por centro.


Estimación de solicitudes para educación islámica en el curso 2016/2017 según la Comisión Islámica de España.

La cantidad de interesados constituye uno de los puntos medulares de la cuestión. Los promotores de la implementación de un derecho previsto también para otras confesiones de notorio arraigo (judía y evangélica, además de la católica) observan en la renuencia hasta ahora de Educación una discriminación institucional y promovieron en el 2015 una campaña invitando a las familias a formalizar sus peticiones de esta enseñanza religiosa. Un paso que a su entender debería dar la Consejería al inicio de curso, facilitando a las familias un anexo oficial para marcar la casilla correspondiente a valores o religión y, en este caso, ofertar entre las confesiones amparadas legalmente.

La iniciativa de la comunidad islámica sumó 716 para el ejercicio 2016/17, mientras que anteriormente se acumularon hasta 1.451. «Muchas familias se vieron frustradas en principio ante la falta de respuesta de la Administración y por otro lado es difícil llegar a todo el territorio, así que nos limitamos a constatar que hay un interés general», justifican los portavoces de la movilización. Las más de 700 peticiones se registraron ante la Delegación del Gobierno y en cualquier caso ejercen, desde el punto de vista de los afectados, como aproximación fiel a la potencial demanda.

El listado revela que de los 47 colegios e institutos referenciados -la comunidad islámica defiende que la asignatura se imparta en todos los ciclos donde la religión es una materia curricular y evaluable-, al menos en 24 se cumple la ratio exigible, con casos especialmente llamativos como el del CEIP Madre de Dios de Logroño, donde se congregan cien virtuales estudiantes (el 27% del total) y tres de seis concertados con alumnado musulmán.

Ante la intención manifestada por la Consejería de implantar las clases el próximo curso como proyecto piloto, Areito contrapone que el TSJR revoca la negativa del Gobierno de La Rioja a su intención para el presente curso y, a su parecer, debería hacerse efectivo ya para dus dos hijos, uno en Infantil y otro en la ESO. Otra madre ha planteado una demanda en los mismos términos que previsiblemente se resolverá en breve en un sentido similar para sus tres vástagos, uno de los cuales comparte instituto con el hijo mayor de Aretio y, por tanto, deberían habilitarse cuatro centros.

LAS RESPUESTAS

¿Por qué se reclama la enseñanza de religión islámica?
La comunidad musulmana entiende que existe una discriminación institucional dado que la religión es una asignatura incluida en el currículum y evaluable, pero sólo se oferta en principio la católica. Los demandantes invocan el derecho recogido en artículo 27.3 de la Constitución, la Ley de Educación y el Acuerdo de Cooperación del Estado con la Comisión Islámica que data de 1992.

¿Dónde se oferta ya la asignatura?
Andalucía (19 profesores), Ceuta (13), Melilla (10), Aragón (3), País Vasco (3), Canarias (1), Madrid (3) y Castilla y Léón (5), en todos los casos sólo en Primaria.

¿Quién imparte las clases?
Profesores designados por las comunidades pertenecientes a las Comisión Islámica de España, con la conformidad de la federación a que pertenezcan. Las exigencias para ejercer se asemejan a la de los profesores de religión. Incluye poseer titulación académica igual o equivalente correspondiente al profesorado de cada ciclo, además de la declaración de idoneidad en este caso de la Comisión Islámica de España. Entre otros requisitos, se exige poseer nacionalidad española o comunitaria (u otra con residencia legal y autorización de trabajo), no haber sido separado mediante expediente disciplinario de cualquier administración pública ni hallarse inhabilitado, no estar afectado por incompatibilidad ni haber sido condenado por sentencia firme por algún delito contra la libertad sexual.

¿Quién les paga?
La Resolución de 23 de abril de 1996 de la Subsecretaría de Presidencia estipula que la impartición de este tipo de asignatura será compensada económicamente por el Estado cuando el número de alumnos sea igual o superior a diez (cabe la posibilidad de agruparlos). El importe por cada hora de enseñanza religiosa islámica tendrá el mismo valor que la retribución real de cualquier materia impartida por un profesor interino del mismo nivel.

¿Qué se enseña y cómo deben ser los libros de texto?
La determinación del currículo, estándares de aprendizaje evaluables y materiales didácticos serán proporcionados por las comunidades respectivas con la conformidad de la Comisión Islámica de España.

No hay comentarios: